Leyes Ecuatorianas - Tecnologías Limpias
Esta ley tiene como objetivo primordial el de
controlar y prevenir la contaminación ambiental de los recursos agua, aire y
suelo.
Con la promulgación de la Ley de Gestión Ambiental,
la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental tiene derogadas
varias de sus disposiciones, ya que la Ley de Gestión Ambiental derogó
expresamente muchos de sus artículos. Sin embargo, las demás disposiciones se
mantienen vigentes pero con las limitaciones propias de una ley expedida hace
casi treinta años, que en la práctica no se constituyó en la herramienta más
efectiva de lucha contra la contaminación ambiental ya que no resultó
funcional. Así por ejemplo se creó el Comité Interinstitucional de Protección
Ambiental, el mismo que muy pocas veces se reunió y no pudo constituirse en el
órgano rector de estas políticas como pretendía la ley.
Originalmente era el Ministerio de Salud la
autoridad competente, en el ámbito nacional, para hacer cumplir sus
disposiciones ya que se trataba de una época en que los problemas de
contaminación eran atendidos desde una óptica de salud pública, es decir en la
medida en que afectaban a la salud de la población más no como un problema que
también afecte a la calidad del aire y perjudique en general al medio ambiente.
Actualmente, los gobiernos seccionales vienen a convertirse en las autoridades
competentes y el Ministerio del Ambiente en los casos que no hay delegación o
proceso de descentralización en materia ambiental.
Son supletorias a ésta Ley, el Código de la Salud,
la Ley de Aguas, el Código de Policía Marítima y otras leyes que rijan en
materia de aire, agua, suelo, flora y fauna.
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